Jornadas "Internet: ¿Hasta cuándo un mundo sin ley?"
Bajo este título se está celebrando en el lustre Colegio de Abogados de Madrid, desde donde escribo, las Jornadas denominadas "Internet: ¿Hasta cuándo un mundo sin ley?, promovidas por Diario Crítico (enlace a la cobertura del evento). Paso a narrar, en vivo, casi todo lo que me llama la atención, por lo que no se espere encontrar aquí más que notas y garabatos lo más ajustados a la realidad que pueda, y cuyo estilo y redacción más inteligible deberé realizar en un momento posterior. Entre corchetes incorporo mis reflexiones al hilo de las charlas. No son por tanto notas ni bien redactadas ni completas, aunque sí procuran ser ilustrativas de lo que se ha dicho en estas jornadas. Están escritas para ayudarme a recordar, pero espero que te puedan ser útiles para conocer lo allí tratado:
Disponible video resumen del evento: Diariocrítico TV.
Inauguración
Fernando Jáuregui:
Aunque un tanto apocalíptico con la idea de miedo a la red, enumerando ataques a la web de la inteligencia española, saqueo a cuentas corrientes por (dijo) hackers, simulacro de ataque cibernético por la inteligencia de EEUU, últimos artículos en El País sobre el tema,...; pese a toodo ello, decía, valoró positivamente la tecnología, y señaló el motivo de impulsar estas jornadas por Diario Crítico: pormover que la regulación de la red se adapte a lo real, a la calle, solucionando los problemas que plantea para el usuario, el informador digital, y el ciudadano en general.
Javeri Rojo
Resumió el contenido de estas jornadas al titularlas "sobre los abusos que se cometen en la red". El medio social de comunicación seguramente más poderoso de los habidos en la humanidad. Afecta al comercio y a la educación mundial. Para ganar el futuro tecnológico no se puede quedar nadie por el camino. brecha tecnológica (Avanza y Avanza2, es de interés). Hay Comisión del Senado para seguir esta evolución. Pero junto a bondades hay excesos: delitos, spam, virus, "piratería audiovisual, hackers y timos de baja estofa". Le preocupa la protección de los más jóvenes porque pareciendo que están en la seguridad de casa puedan ser objeto desde su habitación de ..., le preocupa el nuevo periodismo por la exposición del que navega que lee textos sin cita y sin firma. Responsabilidad y seriedad. valora positivamente la posibilidad de que todos seamos periodistas, sin dejar de lado la necesidad del profesional del periodista para narrar y contar con antecedentes y de forma fácilmente explicable esa misma noticia.
Estas semanas nuestro país está inmerso en debate sobre reformas en la propiedad intelectual, como nos exige la UE.
La Sentencia sobre la Cadena Ser, al considerar que internet no es un medio de comunicación, sino un medio social. Es delicado pensar que la Sentencia reconoce la veracidad de los hechos y que la afiliación a un partido político no son secreto.
[Cuestión política: ACTA debate secreto, tratado secreto, [lo fueron también las normas europeas que nos obligan casi a desnudarnos en los aeropuertos], y lo fueron también (no secretos pero sí impuestos sin debate social) los tratadpoos OMPI (ORg.Mund.Prop.Intelect.)
¿Dónde queda el espacio para las relaciones humanas? Yo le pregunto ¿dónde queda el debate democrático?]
Juan Carlos Campo (Secretario de Estado de Justicia):
En el no-Derecho sólo triunfan los poderosos.
Binomio ley-internet. Doble sentido de estudio: confiannza mutua y seguridad jurídica. Segundo: protección de los derechos fundamentales. Adecuada doctrina sobre la libertad de expresión en la red. Protección de la intimidad y los datos personales (protección de datos es más que protección de la intimidad: los datos de tráfico son protegibles, aunque no sean íntimos, y tiene potencial de mercantilidad que lo s hace peligrosos). Peor el ciudadano medio no sabe cuánto compromete sus datos cuando navega.
Daños: obstaculizar o
Defensa de la propiedad intelectual: 20.1.b) y 33 CE. La defensa de los creadores es, además, una de las mayores riquezas de una sociedad.
Antonio Hernández Gil:
Subraya la ligazón al terreno del Cc (como profesor de Derecho civil que fue: persecución del enjambre de abajes, adquisición por ocupación de la propiedad,...) frente a la abstracción espacial de la realidad actual, gracias a la "red de alcance universal" (cita del concepto sociológico "la sociedad líquida", de Baumann).
Insuficiencia de unas herramientas jurídicas demasiado primitivas para responder a esta "sociedad líquida".
La crítica a la introducción de la sección segunda en la Comisión de Propiedad Intelectual
[pero se modifica innecesariamente el 1162 Cc., cuando la abstracción jurídica que existe y existía en la doctrina, que se ampara en dicho artículo para regular no la contratación entre ausentes, sino la contratación simultánea o diferida en el tiempo]
[Disposición Adicional Tercera de la Ley 23/2006, de 7 de julio, que modificó (mediante enmienda del PSOE) el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. La referida Disposición mandata al Gobierno a favorecer espacios de utilidad pública con obras que se hallen en el dominio público”]
Primera mesa. PROTECCIÓN DE LA INTIMIDAD Y LOS DATOS PERSONALES: REPRESENTACIÓN ON – LINE; MENORES Y REDES SOCIALES: (CYBERBULLING); EL DERECHO A NO SER
INDEXADO
Artemi Rallo (Director de la AEPD): El debate, con ser positivo, llega tarde (que adecuasen el Derecho a internet). Ya hay mucho 'Derecho de internet'. Además, ya hay una generación perdida para la protección de sus datos personales y de su intimidad. Este debate servirá a las generaciones futuras, lo cual ya es encomiable. "Trasladar el Derecho a internet" es un debate muy reciente. No lo era hace tres años, cuando me incorporé a la Agencia. Ha eclosionado en los últimos dos años en forma de análisis y de quejas de los ciudadanos. De hecho las preocupaciones fundamentales de las agencias de protección de datos han sido el análisis de los buscadores de internet y la afectación de las redes sociales e internet.
La deficiente información a los usuarios en internet es la clave, pues es lo que deberóia legitimar la cesión de datos. Se trata de cómo se configuran los servicios (privacy by design). Son diseños que amparan desde el primer día la máxima difusión de la información personal. Otro punto es la cancelación de esos datos en las redes sociales. La titularidad de la PI también es debate en las redes sociales, así como la aportación de datos de terceros (fotografías de otros, por ejemplo). Especial cuidado de los menores, que tampoco se garantiza debidamente.
La Agencia considera que los buscadores no son medios de comunicación, por lo que no están amparados por el derecho de información. los diarios digitales deben cuidar las publicaciones digitales a largo tiempo (cancelaciones de antecedentes penales pero queda en el diario digital, por ejemplo, hace que el ciudadano pueda ejercer el derecho de cancelación).
Periodismo ciudadano y privacidad: ¿es internet un medio de comunicación social? No es una fuente accesible al público, pero sí lo es la versión digital de un medio de comunicación. En el otro extremo, la incorporació de información a internet requiere autorización de los afectados.
Javier Martínez Bavière (responsable del departamento legal de Google): No nos corresponde hacer propuestas legislativas, pero tenemos posición pública sobre la revisión de la propiedad intelectual y sobre el ámbito de la privacidad, compartiendo la opinión de la necesidad de mayor concreción de algunos aspectos de la protección de datos. Por ejemplo el posible tratamiento de las IPs como dato de caracter personal. Sería conveniente un marco más claro para saber en qué condiciones se debe considerar dato personal. Conc aracter general la seguridad y privacidad en la red no cree Google que haga falta modificaciones legales sustantivas. Es una responsabilidad compartida por los agentes que intervienen en el tráfico en internet. Estamos comprometidos con la navegación segura, trabajando tanto aspectos tecnológicas (que son las que más propiamente le pertenecen como empresda tecnológica) como en la cooperación con las autoriades y la industriaa, y desarrollando iniciativas de tipo pedagógico.
La respuesta al debate sobre quñé información debe ser indexada, por cuánto tiempo y en quñe términos, no debe ir a los buscadores, sino a quien la publcia (boletines oficiales, prensa, usuarios,...), lo que tendría efecto inmediato en los que los buscadores pueden hacer. No deben ser los buscadores los que decidan qué indexar y qué no, pues perderían eficacia y sobre todo en neutralidad, que es su función: hacer accesible al público toda la información accesible en internet de la forma más útil. no deben ser convertidos en censores.
Paloma Llaneza (abogada de Razona): La función del abogado es "interpretar de la forma más ñadina posible la norma que se nos pone delante", aunque tengamos moral, unos en un punto y otros en otro. De ahí que una norma con muchos huecos, muchos bugs de programación, no son normas "llevables a efecto" con tanto "hacker" que somos los abogados.
[más principios generales y menos puntillismo, por una sencilla razón: no es posible reproducir la totalidad de la realidad en la Ley]
La ley siempre llega después, y además deben llegar después (no está bien las leyes coyunturales).Dignidad humana frente a todo, pese a las tecnologías. Como abogada defiendo a mi cliente y tengo que tener en cuenta sus intereses, claro que "dentro de los límites de la moralidad".
[no será de los límites de la legalidad, que plasman una moral colectiva, necsariamente más amplia que las morales individuales]
Sus propuestas son:
1.- Bloqueo a nivel de ISP a proveedores extranjeros que no cumplan LOPD. Además, hay competencia desleal con las entidades españolas.
2.- Derecho de tercera generación a la intimidad personal. Derecho al olvido que ha dicho el Director de la APD (derecho a no ser indexado dice ella).
Que el archivo de la causa se ha producido es parte de la información. si se produce y se habia publicado la incoación de la causa contra alguien, debe también publicarse el archivo de la misma. Llega a la conclusión de que es un derecho a no ser indexado (metatags: robots no index).
3.- Privacidad e investigación penal (frente al ciberbulling):
Natalia Martos (Directora jurídica y de privacidad de Tuenti Technologies, S.L.): [lleva siete años en derecho de las TICs, y se considera de las nuevas en esto]
Nuestas normas de cabecera son: LSSI, LOPD y Reglamento, LO 1982, DHIPPI, CP. (de manera subsidiaria LPI, porque el usuario es un creador de contenidos que licencia derechos, no los cede sin más) --> Es la misma normativa, sólo adaptamos a un medio diferente.
Más que una propuesta legislativa lo que hace falta es conocer un poquito más internet por quienes deben aplicar la ley en este ámbito.
Es lo mismo de siempre, sólo cambia el medio. Y hay una cierta cobardía: el anonimato. PEro no es anónimo, y saber eso bien cambiaría todo.
Especialmente la adpatación al medio de todo el cuerpo judicial.
Art. 13 LOPD (el titular del fichero tiene que verificar la identidad del menor, está bien, pero es imposible porque técnicamente no hay posibilidad). No pueden hacerlo a priori, pero lo hacen aposteriori con una efectividad de más o menos 90%.
Tuenti no indexa contenido. Es un grupo privado y ni se sabe que se pertenece a Tuenti.
Tienen herramientas de denuncia y cuando pasan de lo que es
Aplicación de la norma española a todos los que prestan servicio en España, para no estar en desigualdad competitiva.
Esteban González Pons (Vicesecretario general Partido Popular):
Internet es antes que nada libertad, y por tanto no merece de entrada una regulación específica. Es un potenciador de la realidad, peor no es otra realidad. Caso del de turrón El Mesías para aclarar que son los mismos casos de siempre (Tuno, de derecho, presta cara y voz para anuncio de turrones y, muchos años después el anuncio se sigue reponiendo, siendo él un reputado abogado, que tienne que soportar los comentarios de sus clientes).
no es un medio de comunicación, es un espacio de comunicación por cualquier medio. Necesita la misma regulación que tiene la realidad para cualquier otro medio.
legislación insuficiente, y doctrina jurisprudencial titubeante (y va justo en el sentido contrairo,, como barricadas.org vs. Ramoncín). La doctrina constitucional de las cartas al director no tienen nada que ver con los comentarios en página web. Tal vez sí la doctrina del rreportaje neutral.
Es dificil en internet saber qué es un medio de comunicación, por lo que debe extenderse a portales y redes sociales.
Pese que el anonimato se pueda usar para actividades delictivas, también es "el escudo frente a la tiranía de la mayoría" (TS de EEUU).
No es un problema de limitación de los contenidos a albergar, sino de corregir las injurias y situaciones análogas.
Por primera vez se enfrentan, por internet, libertad y propiedad, así como libertad e intimidad, que son principios que han caminado de la mano en la historia de las ideas políticas. Igual que hemos decidido entre libertad y seguridad, debemos decidir ahora en estas dos nuevas alternativas.
Somos los inmigrantes digitales los que hacemos leyes, las aplicamos, y dictamos sentencias que afectan a los nativos digitales, los que realmente saben de internet. Nunca antes en la histooria la tencología había servido a la libertad, y ahora si. Antes estaba en el lado del poder, ahora no.
"No servirán las leyes, ni el poder de las grandes empresas, porque la tecnología está a favor de quien quiere el cambio, y n de quienes se resisten al cambio".
Lourdes Muñoz (Diputada Grupo Socialista):
Internet es sobre todo un espacio público de oportunidades, y no tanto de peligros, aunque lo que salga en los medios es otra cosa. Y no es un espacio sin ley. Cosa distinta es que surjan nuevos retos, a los que hay que ajustarse. Ya no se puede dividir entre el mundo virtual y el real. No le podemos pedir a internet lo que no se exige en presencial (el caso claro es la firma digital).
Apostar por la ciudadanía digital es: garantizar los valores de siempre, y atender a la nueva generación de derechos que surgen.
Problema: red global y legislación estatal.
¿Qué sociedad queremos? Sociedad del conocimiento donde se comparta conocimiento y oportunidades.
Políticas de inclusión, acceso a la tencnología, software libre y estándares abiertos porque son las que permite al ciudadano auditar lo que se hace con lo nuestro (además del ahorro público), y la web 2.0 porque es un espacio público de ciudadanía.
1.- menores
Fundamental es la educación sobre el uso de internet. "Enseña a tus hijos, aprende de tus padres y comparte con tus abuelos"
de chats anónimos que eraa lo habitual antes ahora se usa más el nombre y foto, y los menores no aceptan desconocidos normalmente.
La cadena de aprendizaje era antes de los padres o de los profesores, y ahora también de la red, lo que crea problemas de desautorización a éstos.
El problema grave es el apaleo, no que se difunda, que lo agrava, pero no es lo fundamental.
2.- usos de las redes sociales y privacidad
Es también un tema de formación y sentido común. No cuelgues la carta de tu novio. Peor hay retos, lo que cuelgan los otros de nosotros. Pero hay que aplicar las mismas reglas (¿era público o privado el foro/imagen?)
3.- normas para los servicios
la autoregulación de usuarios funciona bien, per "deberiamos empezar a hacer una regulación sobre los servicios 2.0". Solemos preguntarnos qué quitamos, pero no de los derechos de los usuarios. Te quitan los contenidos (que son del usuario) y te quedas sin nada.
4.- derecho a no ser indexado
Parece compartir que no se incida sobre los buscadores sino sobre si se tiene derecho a no estar en internet. No hay ese derecho, sí a que no te injurien, claro
Hayek - John Rolls..
Paloma Llaneza: Teme a la Orden Ministerial, contraria a los principios generales, imagino yo.
Conclusión personal: Aceptación general de que los legisladores y aplicadores de las normas no saben mucho de esto, y por tanto es deducible que menos sabian... deberían plantearse (digo) derogar normas viejas, especialmente las penales, redactadas muchas veces con precipitación, cuando on con premeditación y alevosía de quienes sí sabían lo que se hacían. Eso, en lugar de plantearse regular mucho. Y, cuando regulen, pensar en no hacer algo distinto de lo que ya hay y, si lo hacen, que cambie también "fuera de la red".
Segunda mesa. LOS LÍMITES DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN EN INTERNET. MEDIOS CLÁSICOS Y NUEVOS MEDIOS. RESPONSABILIDAD POR COMENTARIOS. MODIFICACIONES DE LA LEY DE PRENSA: CASO CADENA SER.
Tercera mesa. DELITOS ON–LINE: REFORMAS PARA SOLUCIONAR LAS LIMITACIONES LEGALES PARA SU PERSECUCIÓN
Antonio Dorado (): Señala como una desventgaja de internet el anonimato y el llegar a muchos en poco tiempo. También indica que existen nuevos delitos "o mejor nuevas formas de cometer los delitos que siempre han existido". Quedémonos con lo positivo que tiene esta importante matización.
[El anonimato es positivo, pues no debe equivaler a irresponsabilidad ni impunidad, sino a protección de un ámbito de intimidad del individuo ¿han valorado el carácter positivo del anonimato?¿saben que es posible incluso mantener el anonimato y firmar electrónicamente con firma avanzada dotada de un certificado reconnocido?].
El informe del CGPJ señala que la CPI no gozará de autonomía para deciri si las medidas pueden o no vulnerar la protección constitucional, por lo que debe solicitar siempre la autorización judicial.
En cuanto al cambio del procedimiento civil (LEC) y ley concursal debe referirse a la onerosidad del servicio,
Propuestas legislativas:
Debería existir un título específico sobre delitos informáticos en el CP: estructural
Ley 25/2007: conservación de datos relativos a redes públicas de comunicciones electrónicas: debe ser distinto si el canal es abierto o cerrado, por lo que en aras a la libertad de expresión y demñás derechos constitucionalmente protegidos debe reformarse el artículo 6.1 que mete todas las comunicaciones en el mismo saco. El agente encubierto también debe ser regulado, para que no sea una regla especial, y remitirse por tanto a la figura general del agente encubierto.
Javier de la cueva: "toda tecnología suficientemente avanzada es indistinguible de la magia" (Clark). Un enlace no es más que el libro de índices del Juzgado, o los índices que tiene el Colegio Notarial sobre las escrituras protocolizadas por los notarios. Lo que ocurre ahora es como los jueces y tribunales no quieren dejarse engañar por el enlace se crea una comisión ministrerial que parece creada para prevaricar.
Elinor Ostrom, premio nobel de economía de este año, Ya el anterior premio nobel de economía dijo que "todo lo que pueda ser digitalizado va a ser digitalizado", la nueva añade cómo son las autoregulaciones de los bienes comunales, y cómo da más riquezas y mejor repartidas que un modelo no comunal.
Ya dijo Carlos Sánchez Almeida, reproduciendo otro debate más allá de nuestras fronteras, que cómo se le puede llamar pirata por descargarse una película que fue subvencionada con los impuestos de quien se la descarga.
10 demandas de Nokia contra Apple y las 13 de apple contra Nokia son ejemplo del mal uso de la justicia para estas cuestiones: el castigo del ciudadano es que se le procese, aunque se le absuelva, como se está haciendo.
filetype:torrents nombre_de_la_película, convierta a Google en un servidor de enlaces. Sin embargo los buscadores están eximidoos del rigor del anteproyecto de ley... La declaración de cesesión del estado de Misouri ya contiene la batalla entre propiedad y libertad: no es nueva.
Las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado no deben tipificar en sus informes, y lo hacen siempre.
La OCDE dice que España no es el país más pirata, pese a lo que se dice ahora para
Luis Salvador (portavoz del Grupo Parlamentario Socialista):
Juan Salóm (Guardia civil): No puedo hacer tres propuestas, tengo muchas más, pero haré tres, y suscribo la anterior de crear juzgados especiales en delitos tecnológicos.
El tratamiento informativo de internet, por desconocido, es alarmista. Se creen que por entrar a internet se va a violar al usuario.
1.- Aumentar la dotación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado
2.- Revisar, o hacer nueva, la ley de conservación de datros 25/2007
3.- Considerar la distribución por internet como una agravante de los delitos.
Santiago Torres (Juez del Juzgado de instrucción nº 22 de Madrid): Tras leer varios atestados y denuncias que tienen por elemento común estafas en internet por uso ilegítimo de tarjetas de crédito en el extranjero (carding). Al mismo tiempo comenta varios extractos de prensa en los que se habla de pornografía infantil. Internet no es mas que un medio. Los artículos 249.II y III ya tipifican algunas conductas propias de internet, pero no obstante no viene a decir algo distinto de la estafa regulada al menos desde 1927. Lo que se está planteando es la pretensión de dar respuesta a quienes se ven desplumados por el mal uso de sus datos en internet. No es cierto que quede impune el acto por el hecho de no regular específicamente el tipo. Es mas, los tipos penales específicos llevan a la falta de punibilidad, mientras que el delito de estafa general es mucho más claro y permite la condena más eficazmente. El aumento de las figuras de criminalizacón son la justificación de la actividad nula del ejecutivo. El buen legislador es el que legiisla poco, pero lo hace bien. Es cierto que existe una especificidad delictiva, pero muy pocos retoques requieren los tipos penales actuales. El botnet está también contemplado por los artíulos 249.III, 278, 279 y 280. No es necesaria la reforma de la legislación penal, salvo en pequeños retoques. Se necesita mayor eficacia en la actuación del sistema penal, y los medios materiales y humanos de que están dotados la BIT y la ____. No me han traido un solo caso de grandes redes de distribución en internet, y sí de muchos manteros.
Se muestra contrario a la especialización judicial, pues provocará saturación de éstos. Así se ha visto con los Juzgados de violencia de género, los de familia, o los de lo mercantil. De ahí que se acuda a la jurisdicción penal, que da una respuesta más rápida. LA especialización de Juzgados es un mito, especialmente cuando se reservan unops asuntos para unos órganos específicos sin más medios significativos de los que había antes, con lo que éstos nuevos órganos se saturan. También más tipos peenales genera un aumento de la actuación de tribunales, pero no se incrementa proporcionalmente el número de plazas judiciales (que de hecho casi no llega a cubrir el crecimiento vegetativo de los jueces y magistrados). Ni nuevas penas, ni nuevos tipos legales, ni juzgados especiales son solución.
La propuesta no es de reforma legislativa, sino tecnológica. Toda comunicación tiene que ser trazable.
Mesa 4.- PROPIEDAD INTELECTUAL Y SU PROTECCIÓN ON – LINE (LA “LEY SINDE”).
Ana Clara Belio (sSocia directora de ABA Abogadas)
La letra e) de la "ley sinde" (que no es ley sio una disposición adicional de una ley) plantea el problema de qué se entiende por "ánimo de lucro indirecto", que es un concepto jurídico indeterminado ajeno a nuestro ordenamiento. Podria incluso tenerlo cualquier web que contenga publicidad y enlaces a contenido protegido, aunque no sea reconducible al 270 CP y aunque no sea si quiera un ilícito civil.
Indefinición del artículo 158.4 de la nueva LPI.
La Comisión es la que valora si están en juego los derechos del art. 20 CE en los cierres que acuerde. Debe recordarse que los actos administrativos son ejecutables desde el momento en que se dictan, y tienen presunción de certeza y veracidad. De ahí que sólo pedirá la Comisión la autorización judicial si ella misma considera que están en juego los referidos derechos constitucionalmente protegidos.
Y además se deja abierto al desarrolo reglamentario aspectos básicos de la Comisión, como su composición, que podría decir que estén las entidades de gestión (siendo así juez y parte).
Sólo se está fomentando la huida de ciertas webs a paraisos digitales. Una posible solución podría ser (ademas de tener nuestro entorno jurídico europeo, por la directiva de noviembre que permite desconectar a usuarios sin autorización judicial: habrá que definir antes qué es una descarga ilegal, sin las barbaridades de indeterminaciones como el ánimo de lucro indirecto).
Andrés Dionís, (coalición de creadores):
Valoran inicialmentte de forma positiva la legislación propuesta, como primer paso, mejorable en varios aspectos. Algunas cosas nos preocupan, como la independencia de la sección segunda de la CPI. Pensábamos en organismos como la CMT, aunque seguro que no hubiese gustado a los operadores de telecomunicaciones, que son quienes la financian. Que esté en el Ministerio nos parece, dicho esto, aceptable, pero que esté formada por expertos independientes y que noe estén en ella las entidades de gestión. Por otro lado hace falta un observatorio oficial que mida la piratería en España, de forma oficial, y que pueda proponer medidas para mejorar la situación.
No vemos la cuestión como un procedimiento sancionador, sino que exista en el procedimiento la posibilidad de retractación por parte del responsable de la web, una vez requerido por la CPI. Nuestra interpretación es que siempre se requerirá la autorización judicial.
Carlos Sánchez Almeida – Abogado. Socio director del despacho Almeida
me voy a limitar muchísimo porque ya ha hecho una estupenda introducción Ana, y porque existen análisis en internet de otros juristas que lo han hecho mejor de lo que lo puedo hacer en el tiempo disponible para esta intervención: _______, el catedrático de derecho penal ______, el Doctor Luis Fajardo, el análisis de Javier de la Cueva y David Bravo, o el de los abogados de derecho en red, que probablemente es el trabajo que mejor sintetiza el alcance del ataque a las libertades públicas que el proyecto supone.
No es que no existan medidas suficientes, es que se pide un procedimiento sumarísimo para proteger un edificio (el de la propiedad intelectual) que es una ruina. El debate sobre estas cuestiones deben ser ajenas al debate sobre la Ley de economía Sostenible. Debe situarse el debate sobre la propiedad intelectual en el seno de la comisión correspondiente del Senado.
Sin perjuicio de quien firma la Disposición final, el autor de ésta es claro
Existe un número clausus por los que los estados pueden intervenir para interrumpir un servicio de la sociedad de la información en la Directiva 2031/2000/CE. Ya Javier de la Cueva y David Bravo han interpuesto una denuncia contra España ante los órganos comunitarios. Creo que por todo ello, y en este semestre, la Disposición Adicional no llegará al BOE.
Julio Alonso. Fundador de la red de blogs – Weblogs.
Las medidas que ahora se plantean lo que produce al empresario digital es una enorme inseguridad jurídica. Ya hay muchos intentos de cercenar con la legislación actual la libertad de expresión y de crítica. Lo que se propone permitiría un uso torticero de la legislación. Por otro lado, las normas tienen que ser aplicables, y esta no lo sería, en caso de ser aplicada: primero porque la tecnología avanza más rápidamente que el legislador (se saltarán los bloqueos para cerrarlas), pero incluso si se pudieran cerrar, incluso si se cerrase internet entero, seguirían intercambiándose archivos digitales, y aunque acabásemos con las descargas, el momento dorado de la industria multimedia no va a volver, porque los cambios tecnológicos implican cambios económicos profundos. Las descargas no son el mal absoluto que causa estos problemas de la industria. No es verdad que no se haya oido a la Coalición (no hay más que ver el contenido de la Ley). Por último, quiero señalar que hay unanimidad de los que están en internet, con independencia de su adfscripción política, de que esta ley es una aberración.
Coloquio:
A iniciativa de Javier García, Director de Europa Press, que moderó esta última mesa, y que abrió el debate pidiendo propuestas legislativas, Carlos Sánchez Almeida reprodujo la que ya he escrito en estas páginas: separar las entidades de gestión de autores y de editores.
Julio Alonso señala que los dos grandes problemas de los autores son la visibilidad y la atribución de la obra, y en internet eso se hace fomentando el enlace. Pago en visibilidad a los autores.
Meter por medio a los Juzgados Centrales de lo Contencioso no va a ayudar a los autores, porque ralentizará las soluciones.
Para Andrés Andonís no se trata sólo de defender a los autoores, sino a una industria que representa mas del 5% de nuestro PIB. Lo cierto es que lo pirateado son las obras de esta industria, no de pequeños autores. No creo que sea esta la industria en decadencia de la que se habla.
Julio Alonso: La reconversión industrial de la energía fue complicada, y ahora hay nuevas empresas creando mucchos puestos de trabajo con las energías renovables. Eso mismo está ocurriendo en el entorno cultural, y lo veremos en unos años con perspectiva histótica. El entorno ha cambiado y hay que adaptarse a éel aunque sea doloroso y desaparezcan algunas industrias. Lo que no podemos hacer es prohibir la industria de las renovables para proteger la industria del carbón.
Andrés Dionís: Los creadores no tienen la cupla de todo lo que os dicen. Los operadores tiene mucha culpa de no tener la tecnología adecuada oara el streaming.
Ismael Olea: la industria cultural, concepto que no me cabe en la cabeza, ha creado gracias a los mass media la disminución de la variedad de la cultura. Se podía ir a la diversidad, pero son víctimas de su propio hijo gracias al marketing, lo que es un ejercicio de justicia poética. Otro asunto es el de los CDs: los vinilos costaban 700 pesetas mientras que los CDs salían a 3000. ya no se pueden adquerir vinilos, pero el margen de beneficio ha sido tremendo, usado para publicidad y promover fenómenos como las Spice Girls, que es lo que le ha provocado esta "justicia poética".
Del público: le gustaría saber del 5% del PIB cuánto es producción nacional y cuanto extranjero.
Responde A. Dionís: La música del orden del 60%, y del cine es inferior. En libros España es una potencia, la cuarta dle mundo. En videojuegos, somos una gran potencia,
Público: ¿La ley va a ser efectiva de aprobarse en los términos previstos?
Respuesta unánime salvo de A. Donís: "cero". Donís dirá que considera que será efectiva.
Clausura
Cándido Conde Pumpido (Fiscal General del Estado):
todos somos muy ignorantes, lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas. El jurista no puede cumplir bien su papel si no conoce bien cómo funciona o cómo podrían funcionar mejor muchas cosas sin las que el hombre de la calle no podría tener la vida que tiene. La realidad tecnológica a veces amenaza con desbordar nuestros conocimientos. nos acercamos con descuido o insuficiente cautela, porque la sociedad de la información que nace y vive a impulsos electrónicos también tiene una necesiad de buscar una ordenación que respete la civilización consistente en los derechos de todos. La respuesta en tiempo legal a veces impide antender el fondo de los problemas, y puede no resolver el fondo del problema. La ciberdemocracia es una forma de maquillar esos problemas. el mito del Gran Hermano surge con demasiada frecuencia, pero muchas veces demagógica. No cabe duda que la criminalidad ha encontrado un hueco en las nuevas tecnologías. También los derechos fundamentales tienen una traslación al entorno digital.
Buena parte de la sociedad ignora, y a veces en beneficio de quienes olvidan, principios básicos de nuestra convivencia recogidos históricamente en nuestro ordenamieto: que no hay derechos absolutos, que la dignidad y el respeto a los derechos de la persona son prioritarios,... Las actuaciones y fronteras deben establecerse en función del beneficio de todos, y no de unos pocos.
Las TICs no son parte dle bagaje del jurista, pero debemos acercarnos a estos debates por conocerlo mejor, así como para explicar a los que conocen bien esas realidades, que los principios que nosotros sí conocemos deben marcar el uso de las TICs. Por eso en el ministerio Fiscal se está haciendo un esfuerzo para asimilar este panteamiento y defender los derechos fundamentales en este nuevo marco. acerrcarnos al mundo tecnológico, pero también buscamos los puntos de peligro para los intereses de todos, como tenemos que hacer por mandato constitucional.
Hemos creado el SCI, el Servicio de Criminalidad Informática, que coordinado por un fiscal del TS dirige al los fiscales especializados en la materia en toda España. En fiscal.es tenemos una revista únicamente digital: infofiscalia. Uun único servicio provincial ha incoado mas de 200 causas por delitos tecnológicos
En materia de propiedad intelectual se eestá preparando un informe para la que han denominado "Ley Sinde" que será tratado por el Consejo fiscal en su sesión de próximo martes
El habeas data, 18.4 CE, que está casi huérfano de regulación y docrina jurisprudencial, plantea problemas distintos a los conflictos clásicos información-honor e intimidad. Cuestiones muy complejas en eel terreno jurídico, que pueden ser fácilmente banalizados, en debates muy mediatizados. Es por ello necsario un esfuerzo singular de pedagogía, pero también por parte de los que están en el lado de la tecnología un esfuerzo por acercarse a la ley. Desde el Mº Fiscal procuramos combinar la implantación de nuevas tecnologías con el respeto a los principios tradicionales por los que debe velar el Mº Fiscal.

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