Artículo 1112
Todos los derechos adquiridos en virtud de una obligación son transmisibles con sujeción a las leyes, si no se hubiese pactado lo contrario.
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Artículo 1112
Enviado por jccabrera el Mié, 27/06/2007 - 12:52.
Todos los derechos adquiridos en virtud de una obligación son transmisibles con sujeción a las leyes, si no se hubiese pactado lo contrario. »
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