Artículo 1541
En todo lo que no se halle especialmente determinado en este título, la permuta se regirá por las disposiciones concernientes a la venta.
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Artículo 1541
Enviado por jccabrera el Mar, 31/07/2007 - 16:08.
En todo lo que no se halle especialmente determinado en este título, la permuta se regirá por las disposiciones concernientes a la venta. »
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